Mireia Gomis Peris responde en
Diario Médico
a una pregunta al respecto. A juicio de la experta un representante legal no debería declarar en calidad de investigado inicialmente, pues desconoce los hechos objetos de denuncia en tanto en cuanto no ha tratado al paciente. Por otra parte, el Código Penal recoge que, para que una persona jurídica sea penalmente responsable, deberá ser el autor del delito, lo que solo sucede si de la denuncia se infiere que el representante legal tuvo alguna participación en los hechos.